Un inmigrante (olé) es toda persona que inmigró a Israel y recibió del Ministerio del Interior el estatus de inmigrante (olé), conforme a la Ley del Retorno de 1950.

La Ley del Retorno estipula que todo judío, su cónyuge, sus hijos y nietos y sus respectivos cónyuges tienen derecho a inmigrar a Israel (salvo casos excepcionales que se detallan). Todo titular de estatus de inmigrante (olé) tiene derecho a recibir ayuda especial que oficinas gubernamentales y otros organismos otorgan en función de los criterios establecidos para cada caso.

La ayuda consiste en asesoramiento, orientación y asistencia financiera. El monto y la duración de la ayuda varían en función del ámbito en el que se otorga, del estado civil del inmigrante (olé), del nivel de ingresos familiar, de periodos de estadía anteriores en Israel y de otros parámetros, por lo que es necesario examinar cada caso y sus circunstancias.

 

El otorgamiento del estatus de inmigrante (olé) queda supeditado a la documentación que respalde la filiación de cada postulante.

Para más información: https://www.gov.il/es/Departments/Guides/eligibility_for_assistance_definitions?chapterIndex=1